¿Cómo pedir un permiso de paternidad?

27 diciembre 2018

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permiso de paternidad

Si has tomado la decisión de formar una familia y vas a ser padre, seguro que has pensado cómo afectará a tu carrera profesional. Puede incluso que te preocupe el tiempo que vas a dedicar a criar a tu hijo o cómo afectará a tus ingresos. O si el proceso lleva aparejada mucha burocracia. No te preocupes, porque aclaramos tus dudas sobre cómo pedir un permiso de paternidad.

La regulación de los permisos parentales para los nacimientos, adopciones y acogidas está recogida en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, aunque ha sufrido una modificación reciente para los nacimientos a partir del 5 de julio de 2018. La intención futura es equiparar el permiso de paternidad con el de maternidad.

“El permiso es de 5 semanas ininterrumpidas justo después del parto o la adopción, a lo largo de la baja maternal o cuando esta termine”

El permiso de paternidad es un subsidio público para los trabajadores que suspendan su contrato de trabajo o cesen en su actividad con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento durante los días que establece la ley. El permiso es de 5 semanas ininterrumpidas justo después del parto o la adopción, a lo largo de la baja maternal o cuando esta termine. Es previsible que este plazo se amplíe a 8 semanas durante 2019.

Lo importante: puedes disfrutar de los días seguidos al parto o de la forma que acuerdes con tu empresa. Incluso es posible transformar el permiso en medias jornadas si negocias bien con tu empleador. Recuerda que la última semana del periodo de atención a tu hijo puedes disfrutarla de forma independiente dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento.

¿Quién puede pedir un permiso por paternidad?

Cualquier trabajador por cuenta ajena de cualquier género y que esté en alta en algún régimen de la Seguridad Social. La prestación por paternidad es independiente a la de maternidad y compatible con la misma. El trabajador debe haber cotizado un mínimo de 180 días dentro de los 7 años anteriores a la fecha de inicio del permiso o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

El receptor de la prestación puede ser hombre o mujer, aunque con ciertas limitaciones. En caso de parto, el derecho corresponde en exclusiva al otro progenitor. En caso de adopción o acogimiento, el derecho solo asiste a uno de los progenitores si ambos trabajan. Si uno ha disfrutado del permiso de maternidad, el de paternidad recaerá en el otro. Si solo existe un progenitor, este recibirá subsidio por maternidad y no acumulará el de paternidad.

Es importante recordar que también existen limitaciones respecto al hijo. Si el niño es adoptado o acogido debe tener menos de 6 años. O debe tener menos de 18 años si sufre una discapacidad (por encima del 33%) o padece circunstancias especiales por inmigración o por dificultades de inserción social y familiar.

“Recibirás un 100% de tu salario, incluidos todos los conceptos de la base reguladora y los complementos de tu nómina”

La baja por paternidad no está vinculada al permiso por nacimiento, así que puedes disfrutarlo dentro de las 16 semanas del permiso de maternidad o justo después del mismo.

¿Cuánto dinero recibo por la baja por paternidad?

Recibirás un 100% de tu salario, incluidos todos los conceptos de la base reguladora y los complementos de tu nómina. Por cierto, el dinero que recibas durante la baja por paternidad está exento de pagar el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

Para poder solicitar la baja de paternidad tienes que presentar una serie de documentos en la Seguridad Social. En primer lugar, el informe de paternidad del servicio de salud. También necesitas la solicitud del permiso remitido a la empresa y un modelo oficial de solicitud que puedes encontrar en la web de la Seguridad Social.

Recuerda que debes llevar contigo una fotocopia del DNI, el libro de familia actualizado, tu última nómina y un recibo del banco con los datos de la cuenta en la que quieras recibir la retribución. Recibirás el dinero después de la segunda semana del mes siguiente al momento en que optas al derecho.

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