Patio de luces: ¿puedo utilizarlo si tengo acceso?

13 febrero 2020

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El patio de luces suele ser un espacio de la comunidad de propietarios que genera discusiones. ¿Quién puede utilizarlo? ¿Puede cualquier vecino aparcar su bicicleta? ¿Quién se encarga de limpiar las colillas que lanza el del tercero? ¿Y si vivo en el bajo, puedo tender la ropa o poner una mesa y una sillas para comer al aire libre? 

¿Qué es el patio de luces? 

También llamado patio interior o de vecinos, es un elemento arquitectónico presente en numerosas comunidades de vecinos. Tiene forma de patio central interno dentro de un edificio y, por su situación, permite acceder a luz solar indirecta en las salas interiores de las viviendas, así como ventilar. También facilita la orientación y la posible vista entre las diferentes plantas. 

El patio interior es un elemento común del conjunto de los propietarios, según establece el artículo 396 del Código Civil. Sin embargo, es posible que esta zona colectiva que pertenece a todos esté cedida para el uso y disfrute de un vecino en concreto porque el acceso al patio se hace a través de su casa.

“El patio interior es un elemento común del conjunto de los propietarios, según establece el artículo 396 del Código Civil”

Por ejemplo, si tu vivienda es la única forma de acceder al patio de luces de tu comunidad, lo habitual es que puedas disfrutar de ese espacio común con ciertas limitaciones, por supuesto: el término técnico para este espacio es patio interior de uso privativo. Y es tu obligación utilizarlo conforme a su naturaleza y según su finalidad, siempre sin perjudicar a la comunidad. 

Patio de luces: legislación

De hecho, el artículo 397 del Código Civil establece que «ninguno de los codueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ella pudieran resultar ventajas para todos». Olvídate de instalar toldos, barbacoas o cerramientos. 

El artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal también sienta jurisprudencia al respecto: «el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad».

“¿En qué condiciones puedes utilizar el patio de luces? Siempre que respetes a los demás propietarios o residentes”

Dicho de otro modo, si tu casa tiene el único acceso al patio de luces puedes utilizarlo pero no cambiarlo o proyectar obras en él. Eso sí, deberás permitir que otros vecinos utilicen el patio si quieren hacerlo y así está estipulado en los estatutos de la comunidad. Recuerda, es tu responsabilidad que esté limpio y mantenido al día, así como asegurarte de reparar los desperfectos que provoques.

¿En qué condiciones puedes utilizar el patio interior?

Siempre que respetes a los demás propietarios o residentes, no provoques ruidos que molesten y no hagas nada contrario a los estatutos de la comunidad. Nada fuera de lo común en términos de convivencia vecinal básica.

Por ejemplo, no está permitido instalar muebles o enseres familiares, aunque si no provocas perjuicio a la comunidad es posible que a tus vecinos no les importe que lo hagas. Consulta antes y así mantendrás una buena relación de vecindad. No se te ocurra, en cualquier caso, colocar una lavadora en el patio de luces, porque el ruido molestará a los demás propietarios. 

Esperamos que esta entrada te ayude a tener claro quién puede utilizar el patio de luces de una comunidad de vecinos. Comparte ahora en tus redes sociales para que pueda serle de utilidad a más personas.

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