Las nuevas medidas de la Seguridad Social para los autónomos
13 enero 2021
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Más de 1,5 millones de autónomos solicitaron la prestación extraordinaria para hacer frente a la caída de su actividad derivada del estado de alarma que decretó el Gobierno. En septiembre de 2020, la situación mejoró pero todavía quedaban 140.000 autónomos en situación de emergencia. En este contexto, ¿cuáles son las nuevas medidas de la Seguridad Social para los autónomos?
Sabemos que la caída de la actividad de un trabajador por cuenta propia no es una situación fácil y que la recuperación está siendo más lenta de lo esperado. Compartimos contigo las nuevas medidas de la Seguridad Social para los autónomos con la esperanza de que la información pueda ayudarte
“Se creó un tiempo de excepción para poder percibir la prestación por cese de actividad ordinaria manteniendo la actividad como autónomo”
El Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, vino a intentar mitigar la situación de los trabajadores por cuenta propia. Contenía, en resumen, 3 medidas clave:
- Exoneración de cotizar para los autónomos que percibieran la prestación por cese de actividad extraordinaria derivada de las medidas para frenar la pandemia. Los profesionales que recibieron la exoneración hasta el 30 de junio tuvieron derecho de mantenerla en julio, al 50% en agosto y al 25% en septiembre. Fue la medida de la Seguridad Social para los autónomos más demandada.
- Compatibilidad de la prestación con el desarrollo de la actividad. Se creó un tiempo de excepción para poder percibir la prestación por cese de actividad ordinaria manteniendo la actividad como autónomo siempre y cuando se cumplieran una serie de requisitos, como acreditar una reducción en la facturación durante el tercer trimestre del año 2020 de al menos un 75% respecto al mismo periodo del ejercicio anterior. O no haber obtenido durante ese tercer trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75€.
- Prestación por cese de actividad extraordinaria para los autónomos de temporada. Una solución de la Seguridad Social para los autónomos destinada a los profesionales que trabajan durante ciertos meses del año y que este año se enfrentan a mayores dificultades para el normal desarrollo de su actividad. Para poder disfrutar de esta prestación extraordinaria debes cumplir ciertos requisitos. Por ejemplo, haber estado de alta y cotizando como trabajador autónomo durante al menos 5 meses en el periodo comprendido entre marzo y octubre de los años 2018 y 2019.
“El Consejo de Ministros aprobó la extensión y ampliación de las ayudas a los trabajadores por cuenta propia hasta el 31 de enero de 2021”
Como esta serie de medidas de la Seguridad Social para los autónomos se quedaron cortas tras el verano de 2020, el Consejo de Ministros aprobó la extensión y ampliación de las ayudas a los trabajadores por cuenta propia hasta el 31 de enero de 2021. Por ejemplo, para cubrir a los profesionales que no cumplían con los requisitos para recibir la prestación compatible con la actividad se creó una nueva ayuda por bajos ingresos.
La nueva prestación extraordinaria de la Seguridad Social para autónomos por suspensión de actividad está dirigida a los que padecen una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de las decisiones políticas de las autoridades para la contención de la pandemia. El requisito mínimo es estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) al menos 30 días naturales antes del 29 de septiembre.
Esta ayuda de la Seguridad Social para los autónomos incluye una cuantía del 50% de la base mínima de cotización, cantidad que aumenta en un 20% si el profesional es miembro de una familia numerosa. Además, no tendrá que pagar la Seguridad Social pero el periodo contará como cotizado.
Esperamos que esta entrada haya despejado tus dudas sobre las nuevas medidas de la Seguridad Social para los autónomos y sepas en qué situación estás y cómo puedes remontar tu actividad.