¿Qué paga el inquilino y qué el casero en un alquiler?

22 diciembre 2020

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Tanto si estás pensando en mudarte a un piso de alquiler como si tienes un apartamento que quieres arrendar te preguntarás ¿qué paga el casero y qué paga el inquilino? El reparto de los gastos en una relación comercial como el alquiler se fija en el contrato de arrendamiento. En esta entrada compartimos contigo quién abona qué. 

Lo que paga el inquilino y lo que paga el casero es un asunto relevante para el 76,7% de los hogares españoles, ya que viven en régimen de alquiler. Sobre todo, porque las familias están dedicando el 67% de sus ingresos al pago de la renta, el doble de lo recomendado por el Banco de España (BdE), según publica Europa Press. De hecho, el alquiler medio fue de 966€ al mes durante 2019. Por eso es tan importante el reparto de gastos. 

La clave de lo que paga el casero y lo que paga el inquilino está en el contrato de arrendamiento que firman ambas partes. Lo que conste en el documento es lo que tendrá validez legal, así que, si te vas a mudar revisa muy bien todas las cláusulas y si quieres alquilar un apartamento te recomendamos que eches un vistazo a la Ley de Arrendamientos Urbanos y al Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

La norma dice: «Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario». Te lo traducimos al román paladín.

Te dejamos un artículo sobre cómo funciona el decreto de alquiler y sus novedades.

“La clave de lo que paga el casero y lo que paga el inquilino está en el contrato de arrendamiento que firman ambas partes”

El reparto de lo que paga el casero y lo que paga el inquilino

El reparto de gastos habitual de lo que paga el inquilino y lo que paga el casero, salvo que el contrato de arrendamiento diga lo contrario, es el siguiente:

  1. El casero paga lo general:
    1. El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
    2. La comunidad de vecinos. 
    3. La tasa de basuras. 
    4. El seguro de la vivienda y los seguros de mantenimiento. 
  2. El inquilino paga lo individual:
    1. El recibo del agua.
    2. La factura de la luz y del gas.
    3. La línea de teléfono e Internet.

“El casero: paga las averías de los electrodomésticos principales que sean de su propiedad, como la lavadora o la caldera”

Así es como cada parte asume sus responsabilidades en el pago, pero el día a día presenta retos que no están contemplados en el desglose o pueden no estarlo en el contrato de alquiler, como son los desperfectos por el uso ordinario. A este respecto, lo que paga el casero y lo que paga el inquilino debería dividirse de la siguiente forma:

  1. El casero: paga las averías de los electrodomésticos principales que sean de su propiedad, como la lavadora o la caldera, y solo se libra de esto cuando es una avería mínima o si se demuestra que la culpa es del inquilino. 
  2. El inquilino: abona los daños que su familia o sus visitas provoquen en la vivienda alquilada. Por ejemplo, el cristal de una ventana. También afronta los pequeños gastos por el uso cotidiano del inmueble, como cambiar una bombilla, arreglar la cadena del baño o la correa de una persiana. 

Para una convivencia en armonía entre arrendador e inquilino siempre es recomendable paciencia y comprensión cuando se produzca uno de estos sucesos, así como contar con seguro de alquiler que proteja a la vivienda

Esperamos que esta entrada sobre lo que pagan el casero y el inquilino en un contrato de alquiler haya despejado tus dudas. Recuerda leer bien el contrato antes de firmar nada y aclarar el reparto de gastos lo antes posible.

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