Preguntas frecuentes - Hipoteca
- Simula tu hipoteca. Haz una simulación personalizada de tu Hipoteca Pibank.
- Envío y revisión de documentación. Si la simulación resulta positiva, te pediremos la documentación necesaria para el estudio y revisión de tu expediente.
- Tasación. Una vez aprobada tu Hipoteca Pibank, es necesario tasar tu vivienda. Si quieres que nosotros nos encarguemos, la tasación no tendrá ningún coste para ti siempre que finalmente firmes tu Hipoteca Pibank. Si ya tienes una, puedes enviarla siempre que cumpla los requisitos (6 meses máximos de antigüedad a fecha de firma, tasadora homologada por Banco de España y que cumpla la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo), pero ten en cuenta que no asumimos el coste que tenga o haya tenido para ti. Además, por política necesitamos validar la tasación que nos envíen y puede ser que tengamos que pedir una propia. En este caso, no tendrá coste para ti.
- Firma. Si el importe que nos solicitaste resulta ser menor o igual al 80% del valor de tasación, con el límite del 90% del valor de compraventa, ¡enhorabuena! Te indicaremos los pasos a seguir para la firma de tu Hipoteca Pibank.
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- Ampliar el plazo
- Reducir el importe a financiar
- Incluir otro titular
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- Eres residente fiscal en España
- Al menos uno de los titulares tiene contrato indefinido o es funcionario
- Tienes más de 21 años si eres el titular de mayores ingresos y, sumando tu edad al plazo de la hipoteca, no pasas de los 75 años
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- Tener como máximo 6 meses de antigüedad a fecha de firma
- Ser de una tasadora homologada por Banco de España (puedes consultarlas aquí) y que cumpla la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo
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- Impuestos:
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- Si la vivienda es nueva pagas IVA o el IGIC si estás en Canarias, además del IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados), que depende de la comunidad autónoma en la que esté la vivienda.
- Si es de segunda mano, pagas el ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales) que depende de la comunidad autónoma en la que esté la vivienda.
- Notaría: Son los honorarios del notario. Están regulados por el Estado y dependen del precio de la vivienda
- Registro: Son los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad. También están regulados y dependen del precio de la vivienda
- Gestoría: Los gastos de la gestoría que contrates para que se encargue de toda la gestión. No están regulados porque son profesionales libres.
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